Código de Ética y Código de Conducta de IOIA

Código de Ética

  1. Los inspectores acuerdan cumplir con los Códigos de Ética y de Conducta de IOIA y respetar todos los acuerdos de confidencialidad relacionados con su trabajo como inspectores orgánicos.
  2. Los inspectores sostienen y estimulan el desarrollo, la implementación, y el avance de la agricultura y el procesamiento orgánicos.
  3. Los inspectores pueden también ser miembros o empleados de, y/o ser certificados por agencias regionales, federales o internacionales, pero deberán mantener una separación clara entre las inspecciones y la toma de decisiones acerca de la certificación.
  4. Mientras se encuentran en su capacidad profesional como inspectores orgánicos o en representación de IOIA, deberán ser justos e imparciales acerca de los diferentes programas de certificación, siempre que los mismos cumplan con las normas orgánicas federales, estatales, provinciales o internacionales.
  5. Los inspectores deberán evitar situaciones de conflicto de interés.
  6. Los inspectores deberán rechazar aquellos trabajos que los obliguen a tomar decisiones finales (en oposición a las recomendaciones).
  7. Los inspectores deberán desarrollar y actualizar sus calificaciones y competencias de acuerdo con los estándares y procedimientos de acreditación de IOIA. Los inspectores deben tener un profundo conocimiento de las políticas, las regulaciones y las normas de las certificadoras y agencias regulatorias correspondientes.
  8. Los inspectores deberán ser sensibles a las variables sociales, políticas y ambientales de las regiones cuando inspeccionan.
  9. Los inspectores deberán mantener, durante el desempeño de su actividad, las máximas condiciones posibles de integridad. Tienen la responsabilidad de informar la sospecha de fraude, en relación con su trabajo como inspectores orgánicos, a las autoridades correspondientes.


Código de Conducta

  1. Los inspectores deberán tener disponibles para las partes inspeccionadas y a su solicitud, copias de los acuerdos de confidencialidad firmados, y de los Códigos de Ética y de Conducta de IOIA. Los inspectores deberán cumplir los acuerdos de confidencialidad hechos con todas las certificadoras para las cuales conducen inspecciones. Toda la información propietaria deberá ser mantenida en estricta confidencialidad.
  2. Declaración de Principios: la Asociación de Inspectores Orgánicos Independientes (IOIA) tiene por objeto ocuparse de los asuntos y preocupaciones relevantes para los inspectores orgánicos, proporcionar cursos de entrenamiento completos y calificados para los mismos, y proveer consistencia e integridad en el proceso de certificación orgánico.
  3. Los inspectores pueden ofrecer su experiencia y discernimiento sirviendo en varias juntas o comités relacionados, pero no deberán tomar decisiones finales relacionadas con la situación de certificación de las operaciones que inspeccionan.
  4. Los inspectores deberán estimular la buena voluntad y la cooperación en la industria orgánica.
  5. Con relación a los conflictos de interés, los inspectores:
    no deberán tener ninguna relación financiera o de consultoría con la parte inspeccionada durante al menos el año anterior y el posterior a la inspección.
    b. no deberán inspeccionar a socios o a competidores cercanos.
    c. no deberán recibir ninguna remuneración como resultado de la información obtenida o compartida durante la inspección.
    d. no deberán solicitar trabajo directamente a las partes inspeccionadas. Las inspecciones deberán ser conducidas únicamente con la autorización de las certificadoras.
    e. podrán comprar productos a las partes inspeccionadas, pero las mismas deben ser hechas solamente para uso personal y no para reventa, y no deberán interferir en la relación profesional.
    f. Deberán cortésmente rehusar regalos, de acuerdo con la cultura local.
  6. Los informes de inspección deberán ser precisos, completos y estar en conformidad con los estándares pertinentes de la agencia de certificación correspndiente. Los informes en sí y por sí no constituyen certificación.
  7. Los inspectores deberán rehusar aquellos trabajos que estén más allá de su área de competencia. Los inspectores deberán trabajar individual y colectivamente para asegurar actualización y excelencia profesional. Los inspectores deberán seguir las pautas de "dos defectos" cuando consideren aceptar trabajos en países diferentes del propio. Esto significa que entre las variables del lenguaje, las prácticas culturales y los cultivos, el inspector deberá ser competente en al menos dos de las tres variables.
  8. Al prepararse para las inspecciones, los inspectores deberán obtener los resúmenes del comité de certificación del año anterior. Todas las recomendaciones, condiciones y cuestiones controversiales anteriores deberán ser investigadas a fondo durante la inspección.


Los inspectores deberán tener en mente que son los ojos, los oídos y el olfato del consumidor.
En todo momento durante la inspección, deberán ser correctos, corteses, conocedores, honestos y tener la mente abierta.

Revisado el 28 de Febrero de 2001